El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) aprobó el nuevo Reglamento General de Elecciones en sesión extraordinaria de este 29 de enero, mejorando los mecanismos de participación democrática y transparencia de los procesos electorales en esta casa de estudios. La Comisión Permanente de Normas recomendó al referido grupo de trabajo la revisión de este documento, que regirá los comicios para elegir a los decanos, y representantes de los estudiantes y docentes principales y asociados ante los órganos de gobierno de la universidad, en aras de garantizar la mayor participación de los electores en los comicios universitarios.
En efecto, el Consejo Universitario, en un esfuerzo por asegurar un mejor proceso, efectuó algunas observaciones y sugerencias que fueron incorporadas antes de su validación final. Las modificaciones propuestas apuntan a optimizar diversos aspectos del procedimiento electoral, a fin de que sean más claros, justos y accesibles para toda la comunidad universitaria.
El reglamento, que marca un avance significativo en el fortalecimiento de la democracia interna de la universidad, incorpora mejores prácticas y estándares que buscan asegurar que cada proceso electoral se lleve a cabo con la mayor participación, imparcialidad y eficacia, por lo que es un reflejo del compromiso de la UNMSM con la mejora continua de sus procesos institucionales.
Observadores del proceso electoral
Durante la sesión, los miembros del Consejo Universitario añadieron una disposición transitoria que permitirá contar con especialistas de la Defensoría del Pueblo, Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y de la Asociación Civil Transparencia, en calidad de observadores. Además, a propuesta de la rectora de la UNMSM, Jeri Ramón Ruffner, también se incluirá a la Fiscalía de Prevención del Delito para garantizar la seguridad del proceso electoral.
Durante su intervención, la máxima representante de esta universidad señaló que “cumpliendo todas esas formalidades deberíamos estar salvaguardando este proceso electoral”. Además, recordó que el Comité Electoral Universitario (CEU) es autónomo y es un órgano que “se tiene que regir por sus principios, por sus normas y directivas que ellos mismos establecen”.
En ese sentido, agregó que tienen que sesionar y publicar cada acuerdo al que lleguen en aras de la transparencia. “No podemos exponernos a la nulidad de otro proceso electoral (…) Queremos un proceso transparente, que dé el ejemplo para todas las instituciones”, sostuvo la rectora.
El Consejo también acordó que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) será el organismo responsable de brindar asistencia técnica durante los comicios, al igual que en ocasiones anteriores.
Requisito para postular a decanatos
Otra de las observaciones, que deberá ser atendida por el CEU, es la inclusión de la trayectoria académica y de investigación del candidato propuesto para el cargo de decano.
De acuerdo con el artículo 71 del Estatuto Universitario, el postulante a decano requiere una trayectoria académica y de investigación reconocida con publicaciones en revistas indexadas o libros de su especialidad, en un periodo no mayor de siete años.
Inscripción de listas
Asimismo, por acuerdo del Consejo Universitario, la asignación de números de las listas de candidatos deberá ser por sorteo, por lo que se determinó modificar el artículo 11, inciso G, del Reglamento General de Elecciones, que estipulaba que el registro de las nóminas era por orden de inscripción. Del mismo modo, se determinó, por unanimidad, que haya una lista única.
Votación virtual y obligatoria
El proceso electoral de la UNMSM será virtual, y de carácter obligatorio para toda la comunidad universitaria, según votación unánime del Consejo. En consecuencia, se aplicará una multa a los votantes que no cumplan con su deber de emitir el voto, para garantizar la participación activa y responsable de los miembros de la universidad en la elección de sus autoridades y representantes. Esta medida busca fortalecer la democracia interna y asegurar una representación legítima y equitativa en los diferentes estamentos de la Decana de América.
Personero principal y accesitario
Sobre los personeros, el consejo consideró conveniente que sea uno principal y otro accesitario por cada lista, como lo establece el artículo 32 del Reglamento de Elecciones: “Cada candidatura y lista tiene la obligación de acreditar un personero general, el mismo que acreditará al alterno y los de mesa para presenciar y fiscalizar todos los actos del proceso electoral y, en caso de elección virtual, solo se contará con un personero general o alterno”.
Estas y otras observaciones serán incorporadas al nuevo Reglamento General de Elecciones de la UNMSM, para su inmediata publicación. Este importante instrumento normativo contiene los lineamientos y disposiciones legales pertinentes para llevar a cabo los procesos electorales para la elección de las autoridades y representantes ante los órganos de gobierno de la Universidad.
Tras su publicación y difusión, el CEU establecerá el cronograma respectivo para los próximos procesos electorales ejerciendo sus funciones de manera autónoma, libre y soberana, en concordancia con el Estatuto Universitario y la Ley Universitaria N.º 30220.
La sesión se realizó con la presencia de la rectora Jeri Ramón Ruffner; el vicerrector de Investigación y Posgrado, José Niño Montero; el vicerrector Académico y Pregrado, Carlos Cabrera Carranza; decanos autorizados, alumnos del tercio estudiantil, el representante de la Federación Universitaria de San Marcos (FUMS), Renzo Rojas Peña, y con el quórum reglamentario.
Consulte todos los detalles sobre este proceso en la página del Comité Electoral Universitario: https://celectoral1.unmsm.edu.pe/.
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