El Poder Ejecutivo publicó hoy el decreto supremo que prorroga el estado de emergencia nacional a consecuencia del covid-19 y dicta las medidas que regirán en todo el país del 29 de marzo al 11 de abril, incluyendo los días de Semana Santa.
El Decreto Supremo 058-2021-PCM, publicado hoy en El Peruano, amplía por 30 días calendario el estado de emergencia nacional a partir del jueves 1 de abril por las circunstancias que afectan al país a raíz del coronavirus covid-19.
Durante ese tiempo, recuerda la norma, queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito. La Policía y las Fuerzas Armadas velan por el cumplimiento de las disposiciones emitidas.
El dispositivo legal actualiza también el nivel de alerta ("alto", "muy alto" y "extremo") frente al coronavirus por provincia o departamento, tal como sigue a continuación:
Toque de queda
El mismo decreto dispone que del 29 de marzo al 11 de abril se dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) en diferentes horarios, según el nivel de alerta por provincia y departamento, conforme al siguiente detalle:
Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 23:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 22:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 21:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente. En esta clasificación se encuentran Lima y Callao.
Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente; y los domingos todo el día.
Esta inmovilización social obligatoria no se aplica al personal de salud, servicios financieros, mercados y tiendas de primera necesidad; farmacias, saneamiento, energía, limpieza pública, servicios funerarios, entre otros, que cumplen trabajo esencial.
Tampoco rige para aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos.
Domingos sin auto
En el mismo período (del 29 de marzo hasta el 11 de abril), el Ejecutivo dispone la prohibición del uso de vehículos particulares los domingos en todo el país, independientemente del nivel de alerta en que se encuentre la provincia.
Esto significa que los domingos 4 y 11 de abril se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares, salvo que se cuente con el pase especial por labores esenciales. No obstante, el transporte público sí funcionará durante ambas fechas.
Excepcionalmente podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente. También se exceptúa de esta medida al personal de los organismos del sistema electoral peruano.
ANDINA
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